Víctimas de tortura y crímenes contra la humanidad de El Salvador le ganan la batalla al ex vice ministro de la Defensa Nacional de aquel país después de cuatro años de litigio
4 de octubre del 2009. El Tribunal Supremo de Estados Unidos de América (EUA) ha denegado hoy el recurso interpuesto el pasado 28 de mayo por el ex vice ministro de la Defensa Nacional de El Salvador, coronel Nicolás Carranza, en el que pedía a la alta instancia que revisara el veredicto dictado contra él dictado en el 2005 en Memphis declarándolo culpable de cometer crímenes de lesa humanidad contra la población civil salvadoreña. El recurso de Carranza ante el Supremo exigía que los tribunales de Estados Unidos le eximieran de toda responsabilidad y consideraran legal la aplicación de la Ley de Amnistía de El Salvador de 1993. La decisión del Tribunal Supremo denegando el recurso, confirma la decisión del Tribunal de Apelación que ya en marzo del 2007 rechazó un recurso de apelación del acusado basado en el mismo motivo.
El Centro de Justicia y Responsabilidad, (CJA) y la firma de Abogados Bass, Berry & Sims de Nashville interpusieron esta demanda en diciembre del 2003. En octubre del 2005, un jurado de Memphis determinó que Carranza era responsable –por su cargo en la estructura militar de entonces– de la tortura de los demandantes y el asesinato extrajudicial de sus familiares: Por eso, lo condenó a pagar una indemnización por daños y perjuicios de seis millones de dólares. Carranza interpuso recurso ante el Tribunal de Apelación para el circuito No. 6, alegando que la Ley de Amnistía de El Salvador –aprobada en 1993 y declarada contra Derecho por instancias internacionales, incluyendo Naciones Unidas y la Comisión Interamericana– debía protegerle de ser demandado civilmente en EUA.
El gobierno de El Salvador bajo la presidencia de Antonio Saca y su partido político Alianza Repúblicana Nacionalista (ARENA) contrató al abogado de Alexandria, Virginia, John Kiyonaga para que defendiera también como posición oficial de la amnistración de Saca la sostenida por Carranza: que la Ley de Amnistía debía ser aplicada y observada por los tribunales estadounidenses. El Tribunal de Apelación rechazó esta postura y declaró que la Ley de Amnistía no era legal ni vinculante para los Tribunales de EUA.
Las atrocidades sufridas por los demandantes tuvieron lugar en El Salvador durante el mandato de Carranza como vice ministro de la Defensa Nacional y como director general de la Policía de Hacienda, entre 1980 y 1992. Durante este periodo, el ejército salvadoreño y las fuerzas de seguridad asociadas al mismo fueron responsables por la tortura, violación, muerte y desaparición forzada de alrededor de 80,000 civiles. Consecuencia de la vigencia de la Ley de Amnistía de El Salvador, ninguno de los responsables de estas atrocidades ha sido llevado ante la justicia. CJA ha interpuesto e impulsado con éxito varios procesos por los crímenes y violaciones de derechos humanos ocurridos en El Salvador durante la guerra civil. CJA ha impulsado a su vez la querella criminal en España por la ejecución de los jesuitas de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas (UCA), de Elba Ramos y de su hija Celina .
Sobre Bass, Berry & Sims
Con más de 230 abogados y abogadas representando numerosas compañías que cotizan en bolsa y son parte de Fortune 500, la firma Bass, Berry & Sims ha estado involucrada en algunos de los mayores y más significativas transacciones de negocios y litigio en el país. Para más información, visite nuestra página de internet www.bassberry.com.
Sobre CJA
CJA es una organización de derechos humanos localizada en San Francisco, dedicada a impedir tortura y otros severos abusos de derechos humanos en el mundo y a avanzar en la realización de los derechos de las personas supervivientes que buscan verdad, justicia y reconciliación. CJA utiliza el litigio para responsabilizar a los perpetradores individuales de abusos a los derechos humanos, desarrollar leyes protectoras de los derechos humanos, y avanzar en la consolidación del Estado de Derecho en países en periodos de transición. www.cja.org.
1 comentario:
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